volver  Orientaciones Pastorales 2002-2005  Mons. Alejandro Goic´   volver

1.- El Gobierno Diocesano.

1.1.- El Obispo Diocesano.

Es el principio y fundamento visible de unidad en su Iglesia particular, afirma el Concilio Vaticano II.

Desempeña un triple ministerio: enseñar, santificar y regir. Todos los miembros de la Iglesia deben estar unidos a su Obispo como la Iglesia a Jesucristo, y como Jesucristo al Padre, para que todas las cosas se armonicen en la unidad y crezcan para gloria de Dios[1]. Y  las leyes de la Iglesia afirman: “El Obispo diocesano debe cuidar de que se coordinen debidamente todos los asuntos que se refieren a la administración de toda la Diócesis, y que se ordenen del modo más eficaz al bien de la porción del pueblo de Dios que le está encomendada”[2].

1.2.- Vicario General.

El Vicario General es un servicio que realiza un Sacerdote nombrado libremente por el Obispo, para que le colabore en el gobierno de toda la Diócesis; su servicio se rige según el Código de Derecho Canónico y lo que estipule el Obispo diocesano[3].

1.3.- Consejo de Presbiterio.

El Concilio Vaticano II nos señala que “los presbíteros, como próvidos colaboradores del Consejo Episcopal, como ayuda e instrumentos suyo llamados para servir al pueblo de Dios, forman, junto con su Obispo, un presbiterio dedicado a diversas ocupaciones”[4]. Entre estos presbiterios, se elige a “un grupo de sacerdotes que -como el Senado del Obispo- en representación del presbiterio, ayudan al gobierno de la Diócesis conforme a la norma del derecho”[5].

En la Diócesis de Osorno, el Consejo de Presbiterio , presidido por el Obispo, está formado por  nueve presbíteros: tres sacerdotes que participan por derecho propio (Vicario General, Vicario Pastoral y Vicario Judicial) y seis sacerdotes elegidos por el presbiterio (uno por cada Decanato, uno por los sacerdotes diocesanos y uno por los religiosos). Este Consejo sesiona mensualmente.

1.4.- El Colegio de Consultores.

“Entre los miembros del Consejo Presbiteral, el Obispo nombra libremente a algunos sacerdotes, en número no inferior a seis ni superior a doce, que constituyan durante cinco años el colegio de consultores, al que competen las funciones determinadas por el Derecho”[6].

1.5.- El Vicario judicial.

Es un servicio de la Iglesia diocesana que encabeza el Vicario Judicial, nombrado por el Obispo, con potestad ordinaria de juzgar diversas causas, especialmente en lo que refiere al inicio de procesos en las causas matrimoniales[7].

1.6.- El Canciller o Secretario General.

En el Obispado hay un Canciller o Secretario General, cuyas  tareas principales son: ser el ministro de fe, custodio de los archivos y todos los documentos importantes de la Diócesis[8].

1.7.- Consejo Diocesano de Asuntos económicos y el Ecónomo.

“En cada diócesis ha de constituirse un Consejo de Asuntos Económicos presidido por el obispo diocesano o su delegado, que consta al menos de tres fieles designados por el Obispo, que sean expertos en materia económica y en derecho civil, y de probada integridad”[9]. Y en relación al Ecónomo, el Obispo debe nombrar una persona “que sea verdaderamente experta en materia económica y de conocida honradez”[10].

Este Consejo, actualmente integrado por siete personas, asesora al Obispo en la organización, promoción y dirección de toda la gestión financiera de la Diócesis.

1.8.- La Vicaría Pastoral y el Vicario Pastoral.

Es un organismo de la Diócesis que tiene como tarea fundamental ayudar al anuncio del Evangelio en todos los sectores y ambientes de la Iglesia local, promoviendo la Pastoral orgánica. La dirige un sacerdote nombrado por el Obispo como Vicario Pastoral.

Para llevar adelante esta tarea, la Vicaría  Pastoral cuenta con el Consejo de la Vicaría, animado por el Vicario de Pastoral y los Coordinadores de la seis Áreas Pastorales, junto a los que participan -por derecho propio- el Obispo y el Vicario General.

1.8.1.- Consejo Pastoral diocesano.

Es un organismo de Comunión y Participación de los agentes pastorales  de toda la iglesia diocesana, integrado por representantes de los Consejos de Pastoral Parroquial, de las Comisiones Diocesanas de Pastoral, de los Movimientos Apostólicos, de los Colegios o Escuelas católicas, de las Fundaciones, de las religiosas, de los Sacerdotes y de los Diáconos permanentes. La función principal es colaborar con el Obispo en la implementación y ejecución de las Orientaciones Pastorales.

1.8.2.- Areas Pastorales de servicio diocesano.

Con el fin de desarrollar su tarea evangelizadora dentro de la pastoral orgánica e ir de la mano con las Orientaciones  de la Conferencia Episcopal de Chile, la Diócesis de Osorno coordina todas sus Comisiones diocesanas de Pastoral en seis Areas Pastorales: Area agentes evangelizadores, Area Eclesial, Area de Educación, Area Social, Area de comunicaciones, y Area Movimientos apostólicos y de Espiritualidad.

1.8.3.     Asesores de las comisiones Diocesanas de Pastoral.

 Se trata de sacerdotes, religiosas o laicos que, en nombre del Obispo y en fidelidad a las orientaciones Pastorales, animan como Asesores algún organismo de servicio a la pastoral territorial o ambiental.

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[1] L.G. 27
[2]
C.D.C., 473
[3]
Cfr. C.D.C.,  475,1 y 479,1
[4]
L.G. 28
[5]
C.D.C., 495
[6]
Id., 502
[7]
Cfr. Id., 391,2
[8]
Cfr. Id., 482 ss
[9]
Id., 492
[10]
Id., 494